Contexto jurídico del Consejo de Administración
El régimen de responsabilidad de las asociaciones viene impuesto por el artículo 15 de la Ley Orgánica de Asociaciones. Existen tres tipos de responsabilidad de los miembros de la junta directiva:
- La responsabilidad civil es la obligación de indemnizar que nace como consecuencia del daño causado por el incumplimiento de un contrato ( responsabilidad contractual ) o de reparar el daño causado a otro con el que no existía vínculo previo (responsabilidad extracontractual).
- La responsabilidad administrativa es la obligación de indemnizar por infracciones administrativas, que son infracciones que cualquier Administración Pública puede ejecutar en virtud de su potestad sancionadora (multas por ejemplo).
- La responsabilidad penal significa que un miembro del consejo puede ser penalmente responsable de los delitos cometidos en su nombre o en el de otros miembros del consejo.
En general, es muy importante señalar que en todas las responsabilidades legales explicadas anteriormente, los miembros individuales del consejo de administración sólo se enfrentan a responsabilidad individual por deudas, multas o actividad delictiva si han actuado intencionadamente de mala fe dando lugar a deudas, multas o actividad delictiva.
Esto significa también que en caso de mal gobierno o actuación de otro miembro de la junta que dé lugar a deudas, multas o actividades delictivas, con las que el otro u otros miembros de la junta no estaban específicamente de acuerdo, los demás miembros de la junta no son responsables de esas actuaciones. Sólo cuando la responsabilidad del mal gobierno no pueda atribuirse a ningún miembro o titular concreto de los órganos de gobierno y representación, responderán todos ellos solidariamente, salvo que puedan probar que no participaron en su aprobación y ejecución o que se opusieron expresamente a ellas.
En caso de que no concurran las circunstancias de dolo, culpa o negligencia en la conducta de los administradores, la responsabilidad será únicamente de la asociación.
Por todo ello, se garantiza la adecuada redacción de las actas del Consejo de Administración, en las que figurarán no sólo los acuerdos del Consejo adoptados, sino también el resultado de las votaciones y los asistentes a la reunión. Ello constituirá prueba suficiente para demostrar quién votó a favor y en contra de los acuerdos adoptados.
Fuentes: CEconsulting & CEAFA